El Gerente de Servicios para Animales supervisará el Refugio de Animales y todo el Personal de Servicios para Animales.            

           

A. Responsabilidad : El Gerente de Servicios para Animales es responsable de la regulación y el cumplimiento de este capítulo y de todas las demás leyes relacionadas con los animales existentes en el territorio no incorporado del Condado y en las áreas incorporadas del mismo que puedan contratar con el Condado para dichos servicios. Las funciones del Gerente de Servicios para Animales incluirán, entre otras, las siguientes:

  1. Administrar el Refugio de Animales y mantener los registros que sean necesarios;        

  2. Recoger y confiscar los animales que violen este capítulo;        

  3. Poner en cuarentena a los animales y cooperar con el Oficial de Salud del Condado;     

  4. Administrar los programas de licencias según lo previsto en este capítulo y en cumplimiento de las leyes estatales y federales; y          

  5. Para eliminar las molestias animales.

           

B.   Reglas y reglamentos : El Gerente de Servicios para Animales puede formular reglas y reglamentos de conformidad con este capítulo y con el propósito de llevar a cabo la intención de este capítulo.   Dichas normas y reglamentos serán aprobados por la Junta de Supervisores del Condado de Tulare mediante resolución. El cumplimiento de dichas normas y reglamentos será requisito previo para la emisión y la vigencia de cualquier licencia otorgada en este documento. Los documentos necesarios para cumplir con este código estarán disponibles en Servicios para Animales o en la Agencia de Salud y Servicios Humanos del Condado de Tulare.

 

DO.   Oficiales de control de animales: una o más personas calificadas de conformidad con la sección   830.9 del Código Penal hará cumplir las disposiciones de este Capítulo, incluyendo:

  1. Recoger y confiscar todos los animales que se encuentren en violación de las disposiciones de este Capítulo;

  2. Proporcionar a todos los animales confiscados refugio, alimento y agua suficientes;

  3. Mantener los registros que requiera la Junta de Supervisores o cualquier otra autoridad;

  4. Cumplir con las disposiciones de este Capítulo y todas las leyes aplicables del Estado.

   

D. Los oficiales de control de animales tendrán la facultad de emitir citaciones de conformidad con la sección 1-21-1005 del Capítulo 21 de la Parte 1 del Código de Ordenanzas del Condado de Tulare.

 

MI. Autoridad para Perseguir a Pie - En el desempeño de sus funciones, el Gerente de Servicios para Animales y cada Oficial de Control de Animales tendrán la autoridad, cuando persigan a un Animal que viole una disposición de este código, de ingresar a la propiedad al aire libre del Propietario o de una tercera persona con el propósito de Incautar el Animal; siempre que en el curso de dicha persecución ejerzan un cuidado razonable para evitar causar daños a la propiedad.

 

F.   Autoridad para usar equipo especializado : tras completar satisfactoriamente un curso de capacitación y normas para oficiales de paz de conformidad con la sección 832 del Código Penal, en el desempeño de sus funciones, el gerente de servicios para animales y el oficial o los oficiales de control de animales tendrán la autoridad para emplear el uso de equipo especializado, como se define en estas ordenanzas y la sección 830.9 del Código Penal de California, y todos los demás dispositivos de control de animales comúnmente utilizados por otras agencias de control de animales ubicadas dentro del estado de California.   El Gerente de Servicios para Animales puede autorizar al personal de Servicios para Animales capacitado y certificado a utilizar equipo de autoprotección especializado, como un bastón expansible u otro dispositivo o agente químico no letal para prevenir lesiones personales mientras está de servicio.          

 

GRAMO.   Autoridad para practicar la eutanasia humanitaria       

  1. De acuerdo con la sección 597.1(e) del Código Penal de California, la sección 31152 del Código de Alimentos y Agricultura y cualquier otra ley aplicable, el Gerente de Servicios para Animales o el Oficial de Control de Animales tendrá la autoridad, si el animal está irremediablemente enfermo, herido o sufriendo, de ordenar la eutanasia humanitaria de un animal en el campo.

  2. En tales casos de eutanasia humanitaria, se harán esfuerzos razonables para notificar al propietario o custodio del animal, si existe.  

 

H. Obstrucción - Cualquier persona que impida, resista, amenace u obstruya un intento del Gerente de Servicios para Animales o del Oficial de Control de Animales de realizar sus deberes legales de conformidad con este capítulo o cualquier Persona que oculte cualquier Animal sujeto a inspección o Incautación o cualquier Propietario que no entregue, tras una demanda legal, cualquier Animal que vaya a ser Incautado será culpable de un delito menor.          

                       

I.    Tergiversación - Ninguna persona hará deliberadamente una declaración o representación falsa o engañosa al Gerente de Servicios para Animales o al Oficial de Control de Animales que actúe en su carácter oficial con respecto a la Propiedad o el derecho a la custodia o control de un Animal para el cual se requiere una licencia, o con respecto a la Propiedad de un Animal rescatado, cedido, confiscado o recogido por el Gerente de Servicios para Animales o el Oficial de Control de Animales de conformidad con este capítulo.   Cualquier persona que haga una declaración falsa o engañosa será culpable de un delito menor.

                       

K.   Abuso de servicios: el gerente de servicios para animales está autorizado a cobrar una tarifa, según lo establecido en la tabla de tarifas del condado de Tulare, a cualquier persona, incluido el propietario o custodio del animal, que llame a los servicios para animales a su residencia solicitando asistencia de emergencia más de dos veces en un período de seis meses cuando el oficial de control de animales no toma ninguna medida a su llegada.

 

L.   Alivio de tarifas: Por recomendación del Gerente de Servicios para Animales al Director y con la aprobación de la Junta mediante resolución, las tarifas previstas en este capítulo pueden eximirse cuando los animales hayan sido confiscados debido a desorganización cívica, perturbación u otras condiciones de emergencia civil, o debido a devastación debida a incendios, inundaciones, terremotos, tormentas u otra calamidad natural.